martes, 7 de octubre de 2014

Casi 800 autos de Mar del Plata pueden ser secuestrados: deben $10 millones

Casi 800 autos de Mar del Plata están en condiciones de ser secuestrados por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (Arba) por mantener importantes deudas de patente. En toda la Provincia, son casi 20 mil vehículos que deben $249 millones.

La ciudad de Mar del Plata es una de las que más cantidad de morosos importantes tiene en la Provincia. En total, son 788 vehículos que mantienen una deuda de $10.299.558. En ese contexto, hay casos paradigmáticos: tres vehículos tienen una deuda que supera los 100 mil pesos.
Por caso, un Toyota Infiniti, cuya valuación fiscal es de 160 mil pesos, mantiene una deuda de $113.4952; un Land Rover Discovery de $219.600 tiene una deuda de $131.765; y un Mercedes Benz Elegance, cuyo valor es de $380.600, debe $105.927.
El titular de Arba, Iván Budassi, señaló que la retención de vehículos con deudas es una herramienta “eficaz” para que “los propietarios regularicen su situación con el fisco”. En esa línea, el funcionario remarcó que del anterior listado que había dado a conocer Arba, “más del 60% de los morosos regularizó su situación fiscal”, mientras que “al resto de los propietarios se le iniciaron acciones legales para garantizar el cobro del impuesto”.
El jefe de Arba consideró “inaceptable” que contribuyentes con “evidente capacidad contributivamantengan conductas que perjudican al conjunto de la sociedad”.
“De los 150 operativos de retención de vehículos que concretamos en lo que va del año, la totalidad de los morosos canceló sus obligaciones tributarias luego de ser interceptados por los inspectores de Arba”, completó.
De acuerdo a la legislación vigente, una vez publicado, la retención del rodado se efectiviza si el contribuyente no regulariza su situación ante el fisco provincial. Una vez que los agentes de Arba notifican al propietario su deuda, puede abonar el total o bien cancelar el 50% de la mora y comprometerse a pagar el resto en un plazo no mayor a los 15 días subsiguientes.

Fuente 0223

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